TARIFICACIÓN

Al comenzar el transporte de mercancías, las compañías aéreas se dieron cuenta de que el transporte de carga ligera no podía ser tarifado por peso. IATA decidió crear una equivalencia volumen/peso que es el llamado "coeficiente de estiba IATA"
La tarificación del transporte aéreo es una de las parcelas que reviste mayor complejidad, en la medida en que se hace preciso combinar para su cálculo diversos factores. No obstante para las compañías que forman parte del IATA dicha organización se encarga de elaborar y revisar las tarifas que estarán en vigor y deberán ser aplicadas por sus miembros.

Los acuerdos adoptados por los comités IATA se reflejan en los manuales IATA que se suelen actualizar mensualmente

TACT (The Air Cargo TAriff) dichas tarifas están repartidas en dos manuales, uno específico para las mercancías con origen y desatino Norteamérica y otro para el resto del mundo.

La tarificación en el transporte aéreo se estructura en base a una tarifa mínima, una tarifa general y unas tarifas especiales.

1 Las tarifas mínimas (Minimun Charge) Representan el importe mínimo a pagar siempre por el transporte de una expedición, por debajo del cual el transporte ya sería antieconómico.

2. Las tarifas de carga general (General Cargo Rates, GCR). Se aplican a cualquier tipo de mercancías, comprendiendo dos escalones, el normal y el de cantidad según el peso de los envíos (menos o más de 45 Kg) Están elaboradas como el caso anterior, según los destinos, con posibilidad de calcularlas para destinos o puntos no citados.

3. Las tarifas especiales que a su vez se subdividen:

3.1 Las tarifas de mercancías específicas (Specific Commodity Rates, SCR) Por lo general son inferiores a la tarifa base o de carga general, y son aplicables a determinadas mercancías, estando codificadas por familias o grupos y subgrupos de productos. Normalmente solo rigen para envíos de peso superior a los 100 kg. y están calculadas en función de determinados orígenes y destinos.

3.2 Las tarifas de clase (Commodity Class RAtes, CCR) Están limitadas a un reducido número de mercancías, por ejemplo animales vivos, valores, periódicos, etc.) y a ciertas áreas y zonas. Vienen detalladas en forma de porcentajes de aumento o de reducción sobre tarifas de carga general, y por ello, lo mismo pueden dar lugar a una reducción (prensa) como de un aumento (animales vivos). Viene en porcentajes sobre GCR.

Además existen otras tarifas especiales

Tarifas de grupaje o de consolidación (consolidation rates) Esta tarifa reviste una especial importancia para los transitarios, ya que agrupando distintas partidas de diferentes expedidores en los espacios de la bodega previamente reservados, se consigue que el flete sea inferior al que tendrían que pagar los envíos singularmente considerados y a tarifas normales

Tarifas palet o por unidad de carga (ULD rates) Tarifas ULD: se aplican en el caso de carga completa, paleta, contenedor igloo, etc. La tarificación está aplicada por destino y por tipo de ULD. Se establece un forfait para una masa denominada "peso pivot" y después se aplican unos suplementos adaptados.

Tarifas de flete o de alquiler (Charter rates) No son fijas puesto que dependen de la oferta y la demanda del mercado. Se aplican para aquellas expediciones en las que se hace necesario contratar por entero el avión para realizar vuelos no regulares.

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