ESQUEMA FERROVIARIO

AGENTES DEL SECTOR FERROVIARIO

Ministerio de Fomento

Es el departamento encargado de la administración del conjunto del sector ferroviario. Según la Ley 39/2003 de 17 de diciembre, del Sector Ferroviario, sus principales competencias son:

-la planificación estratégica del sector ferroviario, tanto de las infraestructuras como de la oferta de servicios
-la ordenación general y la regulación del sistema ferroviario, en especial todo lo relacionado con la seguridad e interoperabilidad del sistema ferroviario y con las relaciones entre los agentes del sector
-la definición de objetivos y la supervisión de la actividad de las entidades públicas empresariales ferroviarias, ADIF y RENFE, así como de su sistema de financiación

Para más detalle sobre las competencias del Ministerio ver el art. 81 de la Ley.

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF)

ADIF fue creado por la Ley 39/2003 de 17 de diciembre, del Sector Ferroviario.
Los estatutos del ADIF se establecieron en el RD 2395/2004 de 30 de diciembre de 2004. Su actividad comenzó el 1 de enero de 2005.

ADIF es una entidad pública empresarial, con autonomía de gestión dentro de los límites establecidos por su normativa y está adscrito al Ministerio de Fomento. Tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio.

Su objeto principal es la administración y construcción de infraestructuras ferroviarias.

ADIF administra la casi totalidad de la red ferroviaria de interés general (RFIG).

En la actualidad, ADIF administra

a) en régimen comercial, las nuevas líneas de alta velocidad y ancho UIC que figuran en su balance (Madrid-Sevilla, con el ramal de acceso a Toledo, y Madrid-Zaragoza-Lleida; un total de 1.010 km) y,
b) por encomienda del Estado, la red convencional de ancho ibérico (11.780 km), mediante un convenio para la administración de esta red patrimonio del Estado.

ADIF, además de administrador (explotación y mantenimiento) de las infraestructuras ferroviarias antes citadas, es responsable de la construcción de nuevas líneas por encargo del Estado, ya sean de su titularidad, financiadas con sus propios recursos, o de titularidad del Estado, con recursos presupuestarios.
ADIF construye, en la actualidad, el tramo Madrid-Valladolid de la línea Madrid-Valladolid-Vitoria-Frontera francesa, los tramos Lleida-Barcelona y Barcelona-Figueras de la línea Madrid-Barcelona-Frontera francesa, las líneas del corredor Madrid-Comunidad Valenciana-Murcia, el tramo Córdoba-Málaga del corredor Madrid-Andalucía, y los túneles de Pajares y el tramo Orense-Santiago del corredor Noroeste.

Para más detalle sobre las competencias y funciones del ADIF ver art. 21 de la Ley.
RENFE-Operadora

La actual RENFE fue creada por la Ley 39/2003 de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, como entidad pública empresarial.

Los estatutos de RENFE se establecieron en el RD 2396/2004 de 30 de diciembre de 2004. Su actividad comenzó el 1 de enero de 2005.

RENFE fue creada por segregación de las unidades de negocio prestadoras de servicio ferroviario y otras actividades comerciales de la anterior empresa ferroviaria vertical.

RENFE es una entidad pública empresarial, con autonomía de gestión dentro de los límites establecidos por su normativa y está adscrito al Ministerio de Fomento. Tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio.

Su objeto es la prestación de servicios ferroviarios de viajeros y mercancías y de otros servicios o actividades complementarias o vinculadas al transporte ferroviario. Realiza, también, mantenimiento de material móvil ferroviario.

RENFE continuará recibiendo del Estado compensaciones por obligaciones de servicio público para la prestación de servicio de viajeros regionales y de cercanías. Las unidades de viajeros de larga distancia y de alta velocidad se gestionan en régimen comercial, de igual forma que la unidad de cargas, única que va a estar sometida a competencia de otros operadores, a partir de 2006.

Otras empresas ferroviarias

A partir del 1 de enero de 2006, las empresas ferroviarias con licencia europea tendrán libre acceso a toda nuestra Red de Interés General del Estado para realizar transporte ferroviario de mercancías internacional o nacional. Deberán, para ello, solicitar la correspondiente capacidad (surco) al ADIF, siguiendo el procedimiento establecido.

En el momento de la adjudicación de la misma, deberán, además, estar en posesión del certificado de seguridad necesario para poder circular, con su material rodante y su personal de conducción, por el itinerario solicitado.

A 1 de enero de 2006, el Ministerio de Fomento ha otorgado dos licencias de nueva empresa ferroviaria (Comsa Rail y Continental Rail) y una licencia de candidato a la adjudicación de capacidad (Transfesa). Se encuentran en tramitación dos licencias más.
Todas estas nuevas empresas ferroviarias ejercerán su actividad en el transporte ferroviario de mercancías. Además, de estas licencias a nuevas empresas, le ha sido otorgada a RENFE la nueva licencia que le habilita para el transporte de viajeros y mercancías en la red ferroviaria estatal.

Comité de Regulación Ferroviaria

El Comité de Regulación Ferroviaria es el organismo regulador del sector ferroviario. Es un órgano colegiado adscrito a la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación del MF. Está compuesto por un presidente y cuatro vocales, funcionarios de los cuerpos superiores del MF, nombrados por el Ministro, y un secretario, designado por el propio comité.

El RD2387/2004 establece la duración del mandato, cese, incompatibilidades y funciones de los miembros del comité. El nombramiento de sus miembros se realizó en marzo y la primera reunión de constitución tuvo lugar el 9 de junio de 2005.

Objetivos, funciones y competencias:

-Salvaguardar la pluralidad de la oferta ferroviaria.
-Garantizar la igualdad de todos los operadores en las condiciones de acceso al mercado.
-Cuidar de que los cánones se ajusten a la normativa y no sean discriminatorios.
-Resolver los conflictos entre el ADIF y las empresas ferroviarias, en relación con:
-Otorgamiento y uso del certificado de seguridad.
-Aplicación de los criterios de la declaración sobre la red.
-Procedimientos de adjudicación de capacidad.
-Cuantía, estructura y aplicación de tarifas a los operadores.
-Resolver conflictos entre empresas ferroviarias sobre actuaciones que persigan un trato discriminatorio en el acceso a las infraestructuras o a los servicios.
-Interpretar las cláusulas de las licencias y de las autorizaciones para la prestación de los servicios de interés público, informando además en los procesos de licitación.
-Informar y asesorar al Ministro de Fomento y a las autoridades regionales sobre materias ferroviarias, especialmente en las que puedan afectar al desarrollo de un mercado ferroviario competitivo.

El ejercicio de las funciones del Comité de Regulación se realizará con pleno respeto a las competencias que la Ley 16/1989 atribuye a los órganos de defensa de la competencia. Se establece un mecanismo de información y coordinación entre el Comité y el Servicio de Defensa de la Competencia.

Procedimiento

El Comité actuará de oficio o a instancia de parte interesada. Las entidades que se consideren perjudicadas por una decisión o actuación tendrán el plazo máximo de un mes para acudir al Comité. Las resoluciones del Comité son vinculantes para las entidades que actúen en el ámbito ferroviario, pero son recurribles ante el Ministro de Fomento. El incumplimiento de las resoluciones será sancionado conforme a la Ley 39/2003.

ADAF-certificación

ADAF, Asociación de Acción Ferroviaria, fue creada en 1980 como una entidad sin ánimo de lucro, con el objeto de defender los intereses de las 30 empresas relacionadas con el sector ferroviario que lo fundaron.

En la actualidad, son miembros de ADAF más de 50 empresas y su principal objetivo es la normalización técnica y la interoperabilidad en el sector ferroviario.

ADAF creó, en diciembre de 1998, ADAF-certificación, que está actualmente registrada como organismo notificado y que como tal fue notificado por el Estado español a la Comisión y al resto de Estados miembros, en el marco de las directivas de interoperabilidad (96/48 –alta velocidad- y 2001/ 16 –ferrocarril convencional-). En el futuro, ADAF - certificación puede llegar a ser el organismo nacional para la certificación de seguridad del material móvil.

TRANSPORTE POR FERROCARRIL

Ha sido necesaria la colaboración internacional para el desarrollo ordenado del transporte ferroviario en los diferentes aspectos técnicos, de organización, de trificaciones, etc. Sin embargo, esta colaboración internacional no es suficiente para conseguir una única estructura ferroviaria europea.

Actualmente existen sociedades y empresas privadas, nacionales e internacionales, que utilizan la infraestructura ferroviaria, comercializando y explotando el transporte en zonas concretas, aportando sus propios recursos operativos y materiales.

El desarrollo del transporte internacional ferroviario combina una excelente infraestructura y avanzada tecnología, pudiendo competir con el transporte marítimo en algunos movimientos de mercancías específicas.

En Europa esicte una amplia red ferroviaria que facilita el transporte de mercancías, siendo asiduamente utilizado en todos los países. No obstante, debe señalarse la diferencia del ancho de vía existente en nuestro país (1,668m.) y el existente en el resto de los países europeos (1,445 m.) que no facilita el tránsito normal del material de origen español que tranporta las mercancías.

Debido a la diferencia del ancho de vía entre España y el resto de los países de Europa, existen en nuestro país vagones especiales con ejes intercambiables que mediante un procedimiento mecánico simple, se adaptan al ancho de vía europeo.

En la mayoría de las exportaciones españolas por ferrocarril se utilizan estos vagones ya que, de otro modo, las mercancías deberían sufrir el cambio de vagón en la frontera, con los ocstes adicionales de manipulación, riesgos de pérdidas y daños, así como retrasos en la entrega.

El desarrollo habido en los países europeos con ancho de vía uniforme ha sido muy superior al de España en materia de transporte ferroviario, ayudados por los aspectos más favorables de esta modalidad de transporte.

- Internacionalidad : uniformidad en su estructura (excepto en España)
- Flexibilidad: Posibilidad de aceptación de grandes y pequeños volúmenes de mercancías en régimen de servicios puerta a puerta
- Seguridad: Es el medio de transporte con menor índice de siniestros.
Como en cualquier otro medio de transporte, es necesario conocer el equeipo y material existente según las mercancías a transportar.

Las limitaciones físicas del ferrocarril inciden principalmente en el transporte de aquellas mercancías que por sus medidas especiales puedan sobrepasar los gálibos (perfil máximo que limita la carga sobre el vagón) establecidos internacionalmente.

SERVICIOS DEL FERROCARRIL

El servidio de trenes de mercancías, según sea su funcionamiento o características, se denomina de la siguiente manera:
- Regular: aquellos sujetos a horarios fijos e itinerarios determinados
- Facultativo: Aquellos especialmente acordados, en horario e itinerario con empresas o sociedades privadas.

Por las caracterísitcas de las mercancías:
- Trenes completos: Utilizados por usuarios con gran volumen de carga, Habitualmente el origen y destino de las mercancías son zonas especiales o particulares con infraestructura ferroviaria propia, Se pueden realizar indistintamente trenes completos de contenedores o vagones cerrados, según los casos.

-Vagones completos: Utilizado por clientes regulares o esporádicos, Regularmente se organizan trenes para efectuar la entrega y recogida de estas unidades por las diferentes estaciones.

- Cargas fraccionadas: Utilizado por usuarios cuyo volumen de carga no justifica el uso de un vagón completo. Se puede realizar la recogida y distribución de las mercancías hasta el almacén del usuario, así como fijar plazos límite de entregas.

Cuando existen cargas aisladas que justifican la utilización de un vagón completo, es indiscutible que esta modalidad de transporte, con las exigencias sctuales del mercado, es costosa y lenta.

Esta situación, juntamente con el transporte por carretera, donde el camión nos plantea problemas de saturación de trafico y daños al medioambiente, ha generado la posibilidad de combinar la capacidad del transporte ferroviario y la penetración que tiene el camión en rutas concretas.

Esta intermodalidad, conocida internacionalmente por la palabra francesa ferroutage (combinación de fer (hierro, ferrocarril) y routabe (carretera)) está generando nuevas expectativas al transporte ferroviario.

En España, Renfe tiene establecidos sus servicios en dos modelos diferenciados como:
- Unidad de Negocio Carga
- Unidad de Negocio Transporte Combinado
--- Teco (Tren Expreso de Contenedores)
--- Euroteco.

TARIFAS:

Existen tablas kilométricas, fijadas entre los diferentes puntos de la geografía europea, que son utilizadas para el cálculo del precio del tranporte ferroviario o tracción.

Estas tarifas de recorrido ferroviario se basan en los siguientes criterios de aplicación:

- Vagón completo: Precio fijado por el vagón, tomando como base el peso total de la mercancía transportad así como el origen y el destino.

- Tren completo (Block Train): El importe total del transporte del tren completo se negocia separadamente al del precio por vagón, y dependiendo también del origen y del destino del mismo.

- Intermodal UTI (Unidad de Transporte Intermodal): Tarifas establecidas para unidades de carga (habitualmente contenedores) desde puntos de origen y destino en las diferentes terminales ferroviarias, independientemente de las mercancías que se transportan y basadas en los siguientes criterios:

a) Según tipo de contenedor (20, 40)
b) Contenedor lleno o vacío
c) Según peso

- Paquetería: Tarifas de aplicación por kilogramos y con criterios similares a los utilizados en el transporte por carretera, No es habitual fijar horarios de entrega, ya que normalmente las mercancías urgentes son transportadas por camión o avión.

Paralelamente a estas, existen otras trifas construidas en distancias/radios kilométricos desde las estaciones o termilaes de ferrocarril, denominadas acarreos, para efectuar la entrega o recogida de las mercancías o contenedores, ofreciendo así un servicio completo de puerta a puerta del cliente exportador/importador.

Las compañías también tienen fijados importes, en la moneda local de cada país, para los conceptos de carga, descarga y almacenaje de las mercancías en la estación o terminal.

MERCANCIAS PELIGROSAS

Clasificación de mercancías peligrosas:

1. Explosivos
2. Gases: comprimidos, licuados o disueltos a presión
3. Líquidos inflamables
4.1 Sólidos inflamables
4.2 Sustancias que pueden experimentar combustión espontánea
4.3 Sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables
5.1 Sustancias comburentes
5.2 Peróxidos orgánicos
6.1 Sustancias venenosas (tóxicas)
6.2 Sustancias infecciosas
7. Materiales radiactivos
8. Sustancias corrosivas
9. Sustancias peligrosas varias, es decir, cualesquiera otras sustancias que de acuerdo con la experiencia hayan demostrado, o puedan demostrar, ser de índole lo bastante peligrosa como para aplicarles las disposiciones de la presente parte.

Las fichas particulares de identificación especifican las fórmulas de composición, instrucciones sobre el embalaje, así como los diferentes códigos asignados a cada producto:

-Código UN: :Número asignado a las mercancías peligrosas
- Código IMO: Inter- Governamental Maritime Organitation
- Código IMDG: Internantional Maritime Dangerous Goods.
- Código EmS: Procedimiento de emergencia para mercancías peligrosas

Es obligado el cumplimiento de las normativas fijadas para los usuarios y transportistas, pero asimismo deben existir los controles necesarios por las empresas y organismos correspondientes, durante el transporte y permanencia de los difrerentes productos en el muelle, almacenes, aeropuertos, etc, previo y posterior al transporte.

Existen modelos de declaración de mercancías peligrosas, utilizados en el transporte internacional, que el exportador/importador deben cumplimentar adecuadamente, así como el eitquetado especialmente estandarizado según sea el producto y sus características de peligrosidad.

El transporte de las mercancías clasificadas como IMO 1 (explosivos) no deben realizarse por los medios habituales y regulares. Estas mercancías deben transportarse bajo controles especiales y unidades específicas.

En el transporte por carretera existen mercancías que por sus características de peligrosidad precisan de permisos especiales para circular.

Por otra parte, cada país podrá prohibir el paso de ciertos productos peligrosos por su territorio, así como admitir algunos de ellos con requisitos específicos más o menos rigurosos.

Las normas básicas para el transporte de estos productos se limitan, aparte de las internacionalmente fijadas, a aquellos propios de seguridad del vehículo que los transporta, basándose principalmente en las siguientes normas internacionales:

- - Límite de velocidad en zonas urbanas de 40 Km/hora
- -Circular en zonas urbanas solamente para la carga y descarga
- - Limitar las horas de circulación en jornadas festivas.

Los vehículos deben estar autorizados mediante el certificado ADR-TCP, el cual obliga a éste a disponer de instalación eléctrica blindada, desconectador de batería independiente, extintores etc.

Estos vehículos deben ir debidamente señalizados con las denominadas paneles/placas ADR correspondientes a la categoría de productos que transportan.


Paneles
Los paneles de identificación, de color naranja, situados en la parte delantera y trasera del vehículo, estarán formados por dos parte, una superior de 2/3 dígitos que identifica el tipo de peligro de la materia que se transporta, y 4 dígitos inferiores correspondientes a la identificación de la mercancía. En el supuesto de transportarse varias mercancías clasificadas como peligrosas y compatibles entre sí en un mismo vehículo, el panel de color naranja no indicará ningún número concreto.

Etiquetas de peligro.
Los vehículos cisterna dedicados a este tipo de transporte, además de los paneles citados, deben llevar las etiquetas de peligro correspondientes a la mercancía. Estas etiquetas cuadradas muestran con un dibujo la clasificación de peligrosidad de la mercancía.

El transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril utiliza las mismas clasificaciones internacionales de los productos y se basa en el convenio europeo ADR. Las bases de funcionamiento son similares en todos los aspectos a las establecidas para el transporte por carretera.

Estas mercancías se verán supeditadas a la normativa especifica de cada país por el cual tenga que circular el tren (limitaciones y prohibiciones locales específicas)

Los productos transportados en vagones o contenedores cisterna, deben ir debidamente identificados con los paneles y etiquetas correspondientes a la clasificación de peligrosidad del producto.

En los diferentes medios de transporte, sean nacionales o internacionales, existen recargos de peligrosidad que se pueden aplicar en importes fijos o porcentajes sobre el precio total del transporte, según el criterio del transportista.

TRANSITO ADUANERO, REGIMEN TIR

En 1982 España se adhirió al convenio TIR que regula el paso aduanero, entre países contratantes, de mercancías trensportadas por carretera. Se trata de facilitar y acortar estos trámites para hacer más ágil el comercio internacional.

El régimen TIR se aplica a transportes de mercancías a través de una o varias fronteras entre países contratantes, con la condición de que sea un transporte sin manipulación intermedia de carga.
El mecanismo sería el siguiente: un transportista debe efectuar un viaje desde su país de origen hasta otro de destino separado del anterior por otros dos intermedios. Este transportista tendría que realizar trámites en cada aduana, mostrando su mercancía y los poermisos correspondientes de importación y exportación, lo cual dificultaría el transporte.
Para evitar esto, el convenio TIR permite que las cargas efectuadas en determinados vehículos o contenedores sean anotados en un documento oficial. Cada vez que pase una aduana, el conductor presenta este documento que equivale a mostrar la mercancía, las autoridades aduaneras comprueban simplemente los precintos y los datos de vehículo permitiendo que siga su ruta. En la aduana de destino se comprueba que la mercancía corresponde en cantidad y calidad con la documentada, realizándose el resto de trámites normales de una aduana pero evitándolos en las aduanas intermedias.

Este régimen se aplica a vehículos de transporte de mercancías por carretera, conjunto de vehículos o contenedores precintados. Estos elementos deberán haber pasado antes un control para comprobar que cumplen los requisitos exigios por el convenio. El transporte también debe llevar la garantía de una asociación autorizada para dar tal garantía, y documentarse con los llamados "cuadernos TIR"

De este modo, las mercancías así transportadas no están sometidas al pago o depósito de impuestos de importación-exportación. La inspección aduanera se puede realizar en caso de sospecha de alguna irregularidad.

Definiciones:

Aduana de salida: Es toda aduana de un país firmante del Convenio en la que se inicia, para toda la carga o para parte de ella, el transporte internacional en régimen TIR

Aduana de destino: Es toda aduana de un país miembro en la que termina, para la totalidad de la carga o para parte de ella, el transporte internacional de acuerdo con el procedimiento TIR

Aduana de tránsito: Es toda aduana de un país adherido por el que se importa o exporta un vehículo de transporte por carretera, un conjunto de vehículos o un contenedor en el curso de una operación TIR.

Operación TIR: Es el transporte de mercancías desde una aduana de salida de un país miembro, hasta una aduana de destino de otro país miembro con arreglo al llamado procedimiento TIR que se contiene en el convenio.

Asociación garante: Es una asociación constituida en cada país miembro y autorizada por su gobierno para constituirse en garante de la persona que utiliza el procedimiento TIR.

DOCUMENTACIÓN Y TRAMITES

El documento principal de este régimen de transportes es el cuaderno TIR que consta de tantas hojas como número de fronteras que se van a cruzar. Lo expide la asociación garante de cada país (en España la ASTIC)

Los vehículos, conjunto de vehículos o contenedor en el que se realice el transporte deberán llevar dos placas con la inscripción TIR, una en la parte delantera y otra en la psoterior, Estos vehículos se consideran como importados temporalmente y no están sujetos al pago de ningún impuesto aduanero, ni necesitan otra documentación especial.

Los cuadernos TIR se extienden para un solo viaje y vehículo, aunque se permite que un conjunto de vehículos o varios contenedores cargados en el mismo portador cieculen con el mismo cuaderno. En este caso, se debe especificar la carga por separado de cada elemento.

Se establece una limitación en cuanto al total de aduanas de entrada y salida, que no deben ser más de cuatro. Las de salida deben de estar, por regla general, en un mismo país, pero las de destino pueden estar en más de dos países firmantes del convenio.

El trámite a seguir en la aduana es el siguiente:

El transportista presentará a las autoridades aduaneras el cuaderno TIR, estas procederán a comprobar que el manifiesto de carga coincide con lo realmente transportado y a colocar, si todo está en orden, los precintos aduaneros. A continuación, el funcionario de aduanas firmará y sellará el conforme del manifiesto de carga, recogiendo una de las hojas del cuaderno.

Los precintos deben permanecer intactos durante todo el recorrido, a no ser que en cada aduana las autoridades correspondientes deseen comprobar la carga, en cuyo caso colocarán otros nuevos, haciéndolo constar en el cuaderno.

En cada aduana de tránsito se comprueban los precintos y el cuaderno, quedándose con la hoja correspondiente de éste.

Finalmente, en la aduana de destino (que puede variarse durante la operación) se comprueban los precintos y la carga. En caso de conformidad, se hacen las anotaciones correpondientes en el cuaderno y se da por concluida la operación.

EL REGIMEN DE GARANTIAS:

Como hemos adelantado, en cada país miembro del Convenio TIR debe existir una asociación que esté autorizada a expedir los cuadernos y a garantizar la certeza de su contenido. Las asociaciones nacionales están afiliadas a un organismno internacional (la IRU, con sede en Ginebra) de modo que cada una de ellas puede responder de las operaciones realizadas en su territorio al amparo de cuadernos TIR expedidos por la asociación de otro país miembro.

La garantía consiste en que la asociación garante se compromete a pagar los derechos aduaneros uqe sean exigibles con motivo de una operación TIR. Esta garantía se extiende no solo a las mercancías declaradas en el cuaderno, sino a todas las realmente transportadas. Esta responsabilidad comienza desde el momento en que la aduana de salida acepta el cuaderno, y finaliza cuando la aduana de llegada anota en el cuaderno la finalización de la operación en conformidad sin reservas.

EL TRANSITO ADUANERO EN LA UNION EUROPEA

La idea de la creación de la unión europea es crear un espacio geográfico en el que puedan circular libremente las personas, los capitales y las cosas, Esto implica prácticamente la desaparición de las llamadas aduanas internas (las existentes entre países miembros). El único control que se verifica tiene simplemente carácter estadísitco, y se realiza mediante el sistema INTRASTAT. Para la recogida de datos referentes al comercio con terceros países, (es decir, no pertenecientes a la Unión Europea) se emplea el Documento Único Administrativo DUA
Están obligadas a facilitar datos estadísitcos todas las personas, físicas o jurídicas residentes en la Unión y que realicen operaciones de comercio intracomunitario.

DOCUMENTACIÓN DE TRANSPORTES INTERNACIONALES
El tiempo empleado en los trámites aduaneros puede suponer un capitulo importante de los gastos generales de un transporte. Por eso los países se esfuerzan en agilizar ests trámites con el ánimo de obtener beneficios económicos que repercuten favorablemente en todas las partes contratantes. Uno de los medios de obtener este resultado consiste en unificar los trámites aduaneros, de modo que sean similares en todos los países. En su virtud, están generalizados los trámites relativos a la documentación a presentar en las aduanas, en el sentido que a continuación se cita:

Documentación relativa a la tripulación

-Pasaporte o DNI y en su caso visado.
-Carnet de conducir
-Documentación sobre la seguridad en la circulación:
-----Libreta de control o tacógrafo según el acuerdo AETR
-----Tacógrafo, según la normativa de la UE
-Documentación relativa a efectos personales que haya que declarar en la aduana, se refiere normalmente a las facturas de compra.

Documentación relativa al vehículo:
- Permiso de circulación
- Tarjeta ITV
- Tarjeta de transporte
- Autorización de transporte extranjera, si corresponde
- Seguro de responsabilidad civil

Documentación relativa a la carga, a la explotación y sanitaria

-Certificado de origen
- Muestras, si se solicitan
- Seguro de transporte de la mercancía
- Documentación del SOIVRE, controles de calidad fitosanitarios y veterinarios
- Termógrafo, en caso de transporte de productos alimentarios a temperatura reglada
- Factura de las mercancías
- Declaración del agente de aduanas (origen, destino y pago de impuestos, si corresponde)

Documentación relativa al contrato de transporte

-Carta de porte internacional en conformidad con el CMR
- Otros contratos cuando se trate de mercancías fuera del ámbito del CMR
- Autorizaciones especiales, cuando se necesiten
- Certificado ADR para mercancías peligrosas
- Certificado ATP para mercancías perecederas.